AGB

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1. Cierre del contrato
Las ofertas, suministros y otras prestaciones se realizan exclusivamente según nuestras condiciones generales de venta y entrega que figuran a continuación. No aceptaremos las condiciones de contrato divergentes o contrarias del comprador, salvo que hubiésemos acordado expresamente y por escrito la validez de las mismas. Esto también se aplica aun cuando se efectúe una entrega en conocimiento de las condiciones de contrato del comprador contrarias o diferentes. Las ofertas son sin compromiso siempre que no estén limitadas expresamente a un periodo de tiempo especificado. La información relativa a peso, dimensiones, potencia y similares, expuesta en catálogos, folletos, comunicados, anuncios, imágenes y listas de precios, no es vinculante. Reservado el derecho a modificaciones. Nuestras condiciones generales de venta y entrega son también aplicables a todas las transacciones futuras con el comprador sin que ello nos obligue a informar expresamente sobre estas circunstancias.

2. Condiciones de pago, demora en el pago
A menos que se acuerde lo contrario, el precio de compra debe abonarse de inmediato tras la entrega sin descuento por pronto pago. El comprador incurre en demora, sin necesidad de apercibimiento adicional, como máximo 30 días después del vencimiento y entrada de la factura/relación de pagos o recepción del servicio prestado. Si el comprador incurre en demora, tenemos derecho a reivindicar los intereses por demora que montan al 5 % por encima del tipo de interés dado por el Banco Central Europeo. Las dos partes contratantes tienen el derecho de probar el daño superior o menor. Si se hace evidente después del cierre del contrato, que nuestra demanda al precio de compra se encuentra en peligro, debido a la incapacidad del comprador, nos corresponde entonces los derechos enumerados en el artículo 321 del Código Civil alemán (BGB) (objeción por inseguridad). En este caso, también estaremos facultados a solicitar el cumplimiento de todas las obligaciones que no hayan vencido de las relaciones comerciales en curso. Por lo demás, la objeción por inseguridad se extiende a los otros suministros y prestaciones de las relaciones comerciales con el comprador. El comprador sólo tendrá derecho a una compensación si su demanda de reconvención está en vigor, si nosotros la hemos reconocido o si es indiscutible. Esto también se aplica en caso de un derecho de retención, en la medida en que su demanda esté basada en la misma relación contractual.

3. Entrega, fuerza mayor, reserva para entregas propias, demora
El riesgo de transporte es asumido por el comprador, independientemente del medio de transporte convencional elegido para el envío. Consideramos que nuestra prestación se ha cumplido cuando los objetos se llevan correctamente para su envío. El envío no es franco. Si se solicita el envío a portes pagados, se calcularán los costes de transporte incurridos. Ello no influye en la asunción del riesgo de transporte del comprador. La información de plazos de entrega que suministramos se entiende como objetivos de entrega. Aunque se hayan estipulado fechas determinadas, los plazos de entrega acordados no son fijos, en arreglo a los arts. 361 BGB, 376 del Código de Comercio Alemán (HGB), a no ser que se estipulen expresamente como plazos fijos. Si no podemos efectuar la entrega dentro de un plazo pactado o en la fecha acordada, el comprador deberá fijar un plazo adicional de tres semanas como mínimo. El comprador puede fijar un plazo adicional más corto solo en el caso de que el plazo adicional de tres semanas sea inaceptable para el comprador y que las condiciones para ello se nos hayan comunicado a la hora del cierre del contrato. La mera circunstancia de que las partes hayan acordado un plazo de entrega vinculante no es suficiente para ello. El comprador sólo podrá hacer valer sus derechos por demora una vez transcurrido infructuosamente el plazo adicional. En caso de estipulación por escrito de un plazo de entrega vinculante, el plazo de entrega comenzará en cuanto se aclaren todos los detalles de la ejecución y ambas partes acepten todas las condiciones del cierre del contrato y de su ejecución. Los plazos de entrega vinculantes se cumplen cuando los productos se entregan para su transporte. Nuestra obligación de suministro se suspende en cuanto el comprador incurra en demora de alguna obligación contraída con nosotros. Las causas de fuerza mayor, así como otros acontecimientos inesperados, en especial problemas de adquisición, personal, fabricación y suministro nuestros o de nuestros proveedores, que, en tanto a su duración ni efectos, no podemos prever ni evitar, nos eximen del efecto y alcance de nuestra obligación de prestación durante el periodo de la duración del problema y durante un tiempo razonable posterior –también durante una demora ya existente– en cuanto el problema no sea intencionado ni por negligencia nuestra. Las causas de fuerza mayor, así como otros acontecimientos ajenos a la empresa y que imposibiliten la entrega dentro del plazo acordado, tanto el comprador como nosotros estaremos facultados para rescindir el contrato parcial o completamente. Lo mismo se aplica en caso de circunstancias ajenas a nosotros que surjan en un momento posterior y que nos impidan cumplir el contrato. No se tendrá a derecho a reclamar daños y perjuicios por dicha rescisión. La parte que desea hacer uso de este derecho de rescisión deberá comunicarlo de inmediato en cuanto se averigüe el alcance del acontecimiento. Se excluyen otras reclamaciones de indemnización por daños y perjuicios del comprador. Lo mismo ocurre cuando los documentos y los permisos necesarios oficiales y de otro tipo para la ejecución de la entrega no se remiten a tiempo. En caso de modificación posterior del pedido o si el comprador no comunica a tiempo la información requerida para la ejecución de la entrega, también se prorrogará este plazo un tiempo razonable. En caso de demora de entrega o de incapacidad de prestar el servicio por razones que se nos pueden imputar, salvo que nuestra empresa haya actuado de manera intencionada o con negligencia, nos haremos responsables de ello, con las siguientes restricciones, en cuanto a la indemnización por daños y perjuicios: - En caso de demora de entrega, el comprador puede, por daños y perjuicios, reclamar una indemnización de un máximo del 0,5 % del precio de la entrega en demora por cada semana completa del retraso, no obstante, en total no podrá superar el 30 % del valor neto de la entrega en demora o el 10 % del valor total neto del pedido; -el derecho a recibir otra indemnización por daños y perjuicios por incumplimiento se limita a la indemnización por dichos daños derivados de circunstancias que podíamos haber previsto, al cierre del contrato, en caso de incumplimiento del contrato (daños típicos contractuales). En caso de negligencia no grave, la responsabilidad se limita al 50% del daño causado. -Otras reclamaciones por demora en la entrega se rigen exclusivamente por el punto 6 de las presentes condiciones de venta y entrega.

4. Reserva de propiedad
Nos reservamos el derecho de propiedad del objeto de suministro hasta la recepción de todos los pagos recogidos en el contrato de suministro. Si el cliente es un empresario, nos reservamos la propiedad del objeto de suministro hasta la recepción de todos los pagos derivados de la relación comercial con el comprador. Si la validez de dicha reserva de propiedad está vinculada a condiciones especiales o requisitos formales del país del lugar de entrega, el comprador tiene la obligación de comunicárnoslo y correr con los gastos para su cumplimiento. El comprador está autorizado a revender la mercancía en nuestra reserva de propiedad o la que el vendedor comparte en propiedad (mercancía bajo reserva), dentro de las relaciones comerciales ordinarias, a no ser que él se encuentre en demora o haya suspendido los pagos. No tendrá derecho a pignorar la mercancía bajo reserva ni traspasarla como garantía. Solo podrá efectuar la venta en el extranjero con nuestra autorización previa. Si el comprador vende mercancía bajo reserva, desde este momento y hasta saldar completamente los pagos, nos cede todos los derechos que le correspondan, frente a su comprador, junto con todos los derechos secundarios, fianzas y reservas de propiedad. Podremos solicitar que notifique a sus compradores la cesión y que nos dé a conocer toda la información requerida y haga entrega de la documentación necesaria para el cobro. El comprador está autorizado a modificar los productos en nuestra reserva de propiedad, dentro de las relaciones comerciales ordinarias, a no ser que él se encuentre en demora o haya suspendido los pagos. En caso de modificación, se acuerda desde este momento que nos corresponde la reserva de propiedad del nuevo producto resultado de la modificación que sea equivalente al valor de los productos de los que nos hemos reservado la propiedad, en relación al valor de los otros objetos modificados. El comprador conservará el nuevo producto obtenido por nosotros. Lo mismo se aplicará cuando el comprador mezcle o una los productos de los que nos hemos reservado la propiedad con otros objetos. El comprador tiene la obligación de informarnos en todo momento sobre la localización y el estado de la mercancía suministrada y permitirnos su reconocimiento. En caso de demora de pago del comprador o de empeoramiento de su situación patrimonial, tenemos derecho a exigir la entrega de la mercancía de nuestra propiedad. En caso de entrega, bajo reserva de regulaciones legales, el contrato se considerará rescindido solo si los declaramos expresamente. En caso de devolución de la mercancía se aplicarán las reducciones correspondientes a desgaste y daños o se cargarán en cuenta el valor de deterioro o los gastos de conservación.
 
5. Responsabilidad por defectos
El comprador deberá comprobar la mercancía suministrada inmediatamente tras su recepción y antes de su modificación. Las reclamaciones por suministro incompleto o incorrecto o las demandas por defectos manifiestos deberán sernos remitidas por escrito dentro de un plazo de ocho días tras recepción de la mercancía. Otros defectos deberán sernos notificados por escrito inmediatamente tras su detección como máximo ocho días después. El informe tardío de los defectos anula expresamente los derechos de garantía de la relación comercial. Además, los derechos de garantía del comprador implican que ha cumplido correctamente las obligaciones contraídas por ley de examen y demanda. En caso de daños de transporte, el comprador deberá encargar inmediatamente que el portador (compañía de ferrocarril o correos) levante acta de los daños. El plazo para reclamar derechos por defectos es de un año a partir de la entrega de los productos. La inobservancia de instrucciones de funcionamiento y mantenimiento, modificaciones en los productos, cambio de piezas o material de consumo que no cumple las especificaciones originales anulan los derechos de reclamación por defecto. Se repararán o sustituirán sin coste alguno todas aquellas piezas que el proveedor considere oportuno y cuyo defecto se deba a una circunstancia que se haya producido en el tiempo anterior a que se realizara la transferencia de riesgos. La constatación de dichos defectos se tiene que notificar al proveedor por escrito inmediatamente. Las piezas sustituidas volverán a ser propiedad del proveedor. El comprador debe, después de convenir con el proveedor, dar a éste el tiempo necesario así como la oportunidad para efectuar las reparaciones o las entregas de reposición que el proveedor estima necesarios; de lo contrario, el proveedor quedará exento de responsabilidad por los perjuicios que de ello se pudiesen derivar. Solo en casos urgentes de riesgo para la seguridad de funcionamiento, o con objeto de evitar daños mayores desproporcionados, que en cuyo caso hay que notificarlo al proveedor inmediatamente, el comprador tendrá el derecho de eliminar él mismo o encargarlo a terceros y de exigirle al proveedor una compensación por los gastos necesarios. En cuanto a los costes ocasionados por la reparación o la entrega de reposición respectivamente –a menos que la reclamación se muestre justificada–, el proveedor correrá con los gastos correspondientes a la pieza de repuesto, incluidos los gastos de envío y los costes razonables por el desmontaje y el montaje; si se diese el caso, el proveedor correrá también con los costes de la personación del técnico y sus ayudantes, siempre que ello suponga una carga menor para el proveedor. En el marco de las prescripciones legales, el comprador tiene el derecho a rescindir el contrato en caso de que el proveedor –tomando en cuenta las excepciones legales– deje pasar inútilmente el plazo de gracia razonable que se le otorga para la reparación o la entrega de reposición de un vicio material. Cuando el defecto sea insignificante, el comprador solo tendrá derecho a una reducción del importe del contrato. De lo contrario, queda excluido el derecho a reducción del importe del contrato. La garantía queda expresamente anulada en los siguientes casos: Utilización impropia o incorrecta, montaje o puesta en marcha defectuosos por el comprador o terceros, desgaste natural, manipulación incorrecta o descuidada, mantenimiento inapropiado, medios de servicio inadecuados, trabajos de construcción defectuosos, terreno de construcción inadecuado, influencias químicas, electroquímicas o eléctricas –siempre y cuando no sean la responsabilidad del proveedor. Cuando el comprador o terceros lleven a cabo una reparación inadecuada, el proveedor no será responsable de las consecuencias. Esto también se aplica en el caso de modificaciones realizadas en el objeto sin el consentimiento previo del proveedor. Si el uso de la mercancía vulnera derechos de propiedad industrial o intelectual en Alemania, el proveedor podrá optar, o bien por adquirir por cuenta propia para el comprador el derecho necesario para el uso, o bien modificar la mercancía de modo que no vulnere el derecho en cuestión. Si esto no es posible en condiciones económicas adecuadas o en un plazo de tiempo adecuado, el comprador podrá rescindir el contrato. En las condiciones expuestas, el proveedor también podrá rescindir el contrato. Además, el proveedor liberará al comprador de todas las exigencias del titular de dichos derechos de propiedad que hayan sido constatadas como indiscutibles o válidas. Las obligaciones anteriores lo son sin perjuicio de lo establecido en el punto 6 en el caso de infracción de los derechos de protección y de propiedad intelectual. Solo se aplican cuando -el comprador informa de inmediato al proveedor de la reivindicación de derechos de protección o de propiedad intelectual, - el comprador presta ayuda al proveedor para defenderse ante la reclamación presentada o bien permite al proveedor la ejecución de las medidas de modificación según la normativa más arriba, -se le reservan al proveedor todas las medidas de defensa, incluidos reglamentos extrajudiciales, según su parecer, -el vicio jurídico no deriva de las instrucciones impartidas por el comprador, -la infracción no fuera causada por el hecho que el comprador haya modificado la mercancía suministrada arbitrariamente o utilizada de una manera no conforme al contrato.

6. Delimitación general de las responsabilidades
Por el incumplimiento de obligaciones contractuales y extracontractuales, especialmente por incapacidad, demora, endeudamiento durante la negociación del contrato y manipulación no autorizada, solo nos hacemos responsables –también de nuestros directivos y auxiliares ejecutivos– en caso de conducta intencionada y negligencia grave y en los casos limitados a los daños típicos contractuales derivados de circunstancias que podíamos haber previsto al cierre del contrato. Estas limitaciones no se aplican en caso de vulneración dolosa contra las obligaciones contractuales fundamentales, siempre que ponga en peligro la consecución del objeto contractual, en casos de responsabilidad obligatoria definida por la ley, en caso de daños y perjuicios ocasionados sobre la vida, la integridad corporal y la salud, ni si ocultamos maliciosamente un defecto ni ocultamos maliciosamente su inexistencia. Ello no afecta a las normas relativas a la carga de la prueba. Mientras no se haya acordado otra cosa, los derechos contractuales, reclamados contra nosotros por el comprador debido a o en relación con el suministro de la mercancía, prescriben un año después de la entrega de la mercancía. Este plazo también se aplica a aquella mercancía utilizada según su uso previsto para un producto y que haya causado su defecto. Ello no perjudica nuestra responsabilidad derivada de conductas intencionadas o negligencias graves ni a la prescripción de derechos de recurso legales. En caso de reparación posterior, no comienza a contar de nuevo el plazo de prescripción.
 
7. Acuerdos especiales para la exportación
El lugar de entrega se determina según las cláusulas de entrega acordadas con el comprador. Todas las cláusulas de entrega acordadas deben interpretarse según los Incoterms actuales (2010). Si no se acuerda ninguna cláusula de entrega especial, la entrega se efectúa siempre FCA Herbrechtingen. Mientras no se haya acordado otra cosa, el riesgo se transfiere al comprador en el momento en el que la mercancía queda a su disposición. Si la mercancía se transporta al comprador, el riesgo se transfiere a más tardar al comprador cuando el primer transportista recibe la mercancía. En caso de demora de la mercancía por circunstancias ajenas a nosotros, se transfiere al comprador el riesgo desde el momento en que se le informe de que la mercancía está lista para envío. A petición del comprador, todos los envíos se aseguran por su cuenta a partir de la transferencia del riesgo. En caso de daños, cederemos todas las reclamaciones contra la prestación de los servicios contractuales del comprador al vendedor.

8. Protección de datos
Nosotros sometemos a tratamiento los datos relacionados con el procesamiento de las operaciones de negocios observando las disposiciones legales en arreglo a la Ley federal alemana de protección de datos.
El comprador toma nota de que guardamos los datos extraídos de la relación contractual con objeto de su tratamiento en conformidad con el art. 28 de la Ley federal alemana de protección de datos y que nos reservamos el derecho de transmitir los datos a terceros (p. ej., aseguradoras), siempre que sea necesario para el cumplimiento del contrato.
 
9. Otros
Todos los acuerdos y modificaciones del contrato entrarán en vigor solo cuando los confirmemos por escrito. Las reclamaciones del comprador en materia contractual no pueden ser cedidas sin nuestro consentimiento. El lugar de cumplimiento para todas las entregas y servicios es Herbrechtingen. Si el comprador es comerciante, una persona jurídica de derecho público o patrimonio especial, el tribunal competente de nuestra selección será el de Heidenheim o el tribunal competente para el comprador según la normativa legal. Esto también se aplica si el comprador, en el momento de cierre del contrato, no dispone de ninguna jurisdicción general en el país (Alemania) o, tras el cierre del contrato, traslada su residencia o domicilio social al extranjero o su residencia habitual en el momento de la presentación de una demanda. La relación contractual se acoge al derecho alemán con exclusión de la Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de mercaderías (CISG). Ello no perjudica el resto de normas en caso de que una de las disposiciones precedentes se tornara inválida o ya no sea o se tornase inviable. Desde este momento, las partes se comprometen a reemplazar la disposición inválida o inviable por otra lo más similar posible a la prevista con la disposición inválida o inviable de un modo legal admisible. Esto también se aplica en caso de vacío legal de las normas más arriba.